Columna22.09.2007 | “No existe fenómeno criminal sin la presencia de la víctima” es un principio filosófico que hace a la existencia misma del derecho penal. Sin embargo, durante toda la investigación de un delito las víctimas carecen de juez. Los ciudadanos se preguntan: los fiscales, ¿integran el Poder Judicial o sólo tienen superpoderes que nunca tuvieron los jueces?
Cada día que pasa se archivan más causas en nuestro departamento judicial sin que los delitos se hayan investigado, se haya descubierto su autor o se le haya provisto de protección a la víctima. Son miles y miles de investigaciones penales preparatorias que cada año el fiscal general Fernández Garello envía a archivo. En cada una de ellas sólo está identificada una parte: la víctima. El delincuente, el criminal, el malandra ocasional o profesional no apareció.
La primera conclusión de este fenómeno que desacredita a la Justicia es que miles y miles de ciudadanos fueron víctimas de un delito, cargaron en soledad con la angustia de haber sufrido daños en sus bienes o lesiones en sus cuerpos, vidas o familias, y nadie buscó o encontró la verdad reparadora.
La garantía de verdad para las víctimas ha sido violada. El fiscal inquisidor, amo y señor de la investigación penal, puede, hoy por hoy, manipular a su antojo los tiempos del proceso, transformando la etapa instructoria en la principal, y sólo con no investigar un hecho, con no hacer nada a lo largo de un tiempo prolongado, un delito que causó lesiones a personas y al cuerpo social se convierte en una anécdota histórica que sólo tiene trascendencia para la vida del que lo sufrió.
Los tratadistas del derecho penal han instalado una frase que intenta describir la obligación de quien debe investigar un delito: “el tiempo que pasa es la verdad que huye “. El investigador criminal, ante un hecho denunciado, sin ideas preconcebidas y con espíritu investigador, debe observar y considerar todas las hipótesis posibles y relevar todo objetivamente, pecando más bien por exceso que por defecto.
Pero luego de la reforma de Arslanian, la etapa preparatoria del juicio penal, —antes llamada instrucción y que estaba en manos del juez investigador—, en la que se produce el choque frontal y violento entre las “fuerzas del delito" y las “fuerzas del orden", actualmente está en las manos exclusivas de los fiscales. El poder del fiscal es omnímodo mientras no se haya encontrado al imputado o delincuente. Esta etapa, que transcurre entre el delito o hecho criminal —que siempre provoca un drama individual y social— y el descubrimiento del autor del hecho, carece de juez.
Archive nomás, fiscal
Ya hemos informado antes en esta columna sobre el dramático accidente que sufriera el 2 de marzo de 2007 un trabajador agropecuario de Colonia Barragán, cuando en horas de la madrugada, a la altura del kilómetro 391 de la Autovía 2, se le cruzó un caballo al galope. Animal que, luego se supo estaba junto con otros pastando todo el día en esa zona de la ruta.
El vecino casi pierde la vida, su automóvil quedó destrozado y el caballo muerto. Intervino el oficial Leandro Zar, del destacamento vial Camet, quien con presteza logró que la víctima fuera internada en el Hospital Interzonal, donde luego fue intervenida.
Hasta ahí, el hecho delictivo —es decir un caballo suelto en una ruta nacional— y la víctima. A partir de allí comenzó el accionar policial y de la fiscal María Teresa Martínez Ruiz, que detenta el ampuloso título de fiscal de delitos culposos y contra el medio ambiente.
El capitán jefe del destacamento caminero se negó a recibir la denuncia penal, ya que el fiscal Nicora había instruido que no recibieran denuncias de accidentes. Lo que sí hizo la policía fue organizar con grúas de la concesionaria de la ruta, sin tomar las marcas del caballo o identificarlo adecuadamente y sin siquiera sacarle fotos en el lugar, para arrastrar al animal muerto varios kilómetros y dejarlo tirado sobre un camino vecinal para que se pudriera y fuera alimento de alimañas, perros y peludos, entre otros.
El caballo desapareció y la fiscal Martínez Ruiz, sin ir al lugar, sin intentar siquiera saber quiénes son propietarios de caballos en el lugar, decidió archivar el proceso diciendo lo que sigue: “Aún cuando pudiera obtenerse prueba parcial de algunos aspectos, en modo alguno parece posible el cabal sustento de una acusación en juicio contra persona determinada (...) en virtud del deficiente tratamiento que desplegó el personal policial respecto de la conservación del caballo que interviniera en el accidente, se carecen de elementos para determinar su origen y eventual identificación de su dueño o cuidador".
Inacción policial. Inacción fiscal. Víctima abandonada y sin juez. Impunidad.
Éste es el drama de las víctimas de delito que provoca la impunidad frente a los criminales: la garantía jurisdiccional está ausente en la parte del proceso en que debe asegurarse a las víctimas la necesidad de la tutela judicial continua y efectiva. El juez no está, y la pregunta del millón que se hacen los simples ciudadanos es: ¿qué son los fiscales? ¿Integran el poder político o el poder judicial? ¿Es razonable que las garantías del debido proceso sean concebidas sólo para la persona que se enfrenta al poder penal del Estado, que es el delincuente?
La etapa instructoria o de recolección y aseguramiento de pruebas que, por ejemplo, debe constatar los rastros del delito, secuestrar elementos probatorios, individualizar testigos o asegurar la presencia de un imputado, tiene una tarea también valorativa, y no puede quedar en manos de un solo actor, sea el juez investigador o el fiscal.
El sistema procesal penal actual, al reformar el sistema inquisitivo y derogar la figura del omnipotente juez investigador, no condujo a otra cosa que a crear la figura del omnipotente fiscal, al que le basta con no investigar, con no descubrir al delincuente, manejar a su antojo la investigación, la recolección de pruebas y la valoración, para decidir el archivo de la causa como si el delito no fuera delito. O como si la víctima no fuera víctima.
Se impone una reforma rápida del procedimiento penal, en la que se asegure la presencia de un juez para garantizar el debido proceso también a las víctimas, que son parte esencial en el delito ya que sin ellas éste no existiría.
Fiscales garantistas que no investigan, que no recolectan pruebas y que son impermeables frente a la escandalosa impunidad que hoy anda libremente por las calles del país, y jueces garantistas que sueltan al malandra lo más rápido que pueden, o anulan los procesos por razones formales o superficiales, son una mezcla explosiva que provoca inseguridad.
Pero el lector tiene que tener en claro que en el sistema penal actual, el único y exclusivo culpable y responsable de que los delitos no se investiguen o que no se recolecten las pruebas, o que la investigación sea deficiente es el fiscal. Así que los más de diez mil delitos que la fiscalía general manda a archivo sin investigar por año, le ponen nombre y apellido al fracaso.
Un centro de asistencia a las víctimas
El artículo 85 del Código de Procedimientos Penales dice textualmente: “Desde los primeros momentos de su intervención, la policía y el Ministerio Público Fiscal suministrarán a la víctima la información que posibilite su derecho a ser asistida como tal por el Centro de Asistencia a la Víctima, aun sin asumir el carácter de particular damnificado o actor civil. Si no contara con medios suficientes para contratar un abogado a fin de constituirse en particular damnificado, el Centro de Asistencia a la Víctima se lo proveerá gratuitamente, a fin de que acceda legítimamente al procedimiento judicial".
A su vez, el artículo 35 de la Ley 12.061 de creación del Ministerio Público pone a su cargo el “atender y asesorar a la víctima, garantizando sus derechos y facultades, suministrándole la información que le posibilite ser atendida como tal por el Centro de Asistencia a la Víctima".
Es vox pópuli en Mar del Plata que las víctimas son reticentes a denunciar los delitos ya que no son atendidas, reconfortadas o asesoradas como corresponde. Una pregunta para hacer en nuestra ciudad sería: ¿cuántas víctimas fueron visitadas en sus domicilios por un fiscal, o por el Centro de Asistencia a la Víctima? Nos gustaría decir una, pero confesamos que no es posible.
Las víctimas de los delitos deberían conocer que en la calle La Rioja 2327, en la planta baja y el primer piso funciona el “CAV", sigla que significa, precisamente Centro de Asistencia a la Víctima, que está a cargo del fiscal Sergio Oscar Irigoin, quien detenta el título de coordinador general de mediación penal. Toda persona que quiera que se investigue el delito del que es víctima, que descubra que denunció y nadie fue a ver el lugar, o que quiera reclamar, debe ir allí y exigir que se le atienda. Tienen la obligación legal de darle gratis un abogado para hacerse particular damnificado. Desde aquí exhortamos a nuestros vecinos a usar ese derecho, así tal vez la cosa cambie.
Lo que es de Ripley, y lo denunciamos en nuestra edición del domingo pasado, es que en esa fiscalía se han inventado dos nuevas reparticiones denominadas “COC" y “ORAC", con las que en lugar de dedicarse a investigar los delitos, el fiscal general pretende aumentar su poder y se atribuye facultades que no tiene. Sin una IPP el fiscal no puede ejercer la jurisdicción, salvo que volvamos a las viejas épocas del abuso del poder en las comisarías. Hay un exceso de jurisdicción del fiscal Fernández Garello, que si no cesa deberá ser denunciado por todo vecino que sea citado desde la fiscalía sin que exista un expediente investigativo en trámite.
Una bomba de humo hace que se gaste plata y se concentre atención de la prensa, mientras los ladrones verdaderos se escapan por la puerta trasera. La Defensora del Pueblo se quejó de limpieza sobrefacturada y empleados mal reemplazados. Mientras discuten unos con otros, los verdaderos corruptos brindan con champagne.
Esta semana ha sido pródiga en efectos pirotécnicos verbales, distribuidos a diestra y siniestra por quienes ya son visualizados en la comunidad como auténticos integrantes de una mafia. El concesionario de la nueva terminal de ómnibus, Néstor Emilio Otero, por toda respuesta a la interpelación a la que lo sometieron los concejales por más de dos horas y media y con base en un cuestionario de 91 puntos, los destrató, caracterizándolos de ridículos e ignorantes. Señaló que, de las cuestiones expresadas en dicha reunión, una sola sería pertinente, las rampas para discapacitados, aunque se quitó a medias el sayo aduciendo que las rampas son una necesidad en toda la ciudad y no sólo en la terminal, y que bien harían los concejales en atender los urgentes reclamos de la población para no decepcionar al soberano una vez más.
El fiscal relata la detención de la persona que podría ser el asesino de Franco Castro.